Por: Micaela Sanjines Ordóñez • Bolivia.com

El TSE vetó una de las preguntas propuestas por el presidente Arce para el referéndum consultivo

El TSE señala que la cuarta pregunta relacionada con los escaños no corresponde a la realización de un referéndum por iniciativa presidencial

Las preguntas deben incluir los requisitos de imparcialidad, claridad y precisión. Foto: ABI
Las preguntas deben incluir los requisitos de imparcialidad, claridad y precisión. Foto: ABI

El TSE señala que la cuarta pregunta relacionada con los escaños no corresponde a la realización de un referéndum por iniciativa presidencial

Este viernes se conoció que la Sala Plena del Tribunal Supremo Electoral (TSE) vetó una de las preguntas propuestas por el presidente Luis Arce para el referéndum. Estas preguntas eran para definir si se mantiene o no la subvención de hidrocarburos, sobre la distribución de escaños en la Asamblea Legislativa y el carácter de la reelección presidencial.

En ese sentido, los vocales pidieron, desde aclaraciones, la reelaboración de las interrogantes e incluso se vetó la cuarta interrogante. De acuerdo con el TSE la cuarta pregunta referida a los escaños corresponde a un referendo constitucional y no consultivo.

Es así que el vicepresidente del TSE, Francisco Vargas, informó que, de acuerdo a la normativa, las preguntas deben incluir los requisitos de imparcialidad, claridad y precisión.

¿Cuáles fueron las conclusiones del TSE sobre las preguntas del referéndum? En cuanto a la primera pregunta referida a la reelección, el TSE señaló que solo cumple con el criterio de imparcialidad y no de claridad y precisión.

Además, señalan que al constituir un supuesto que podría implicar la reforma parcial de la Constitución Política del Estado, se “debe aclarar el texto de la pregunta con la referencia al referéndum constitucional aprobatorio previsto en el parágrafo dos del artículo 411 de la Constitución Política del Estado”.

Sobre las preguntas dos y tres, que abarca la subvención de la gasolina especial y el diésel, el TSE señala que ninguna “cumple los criterios de claridad, precisión e imparcialidad”, por lo que sugiere “una nueva redacción tomando en cuenta las observaciones que devienen del análisis técnico de esos tres criterios”.

Finalmente, sobre la pregunta para incrementar el número de diputados, el TSE señala que por como se encuentra redactada no corresponde a la realización de un referéndum por iniciativa presidencial, sino un referéndum constitucional aprobatorio, convocado por iniciativa popular o a través de la Asamblea Legislativa.

De esta manera, el informe del TSE fue remitido a la Presidencia del Estado, para que se tenga conocimiento de las observaciones y asuma las decisiones que corresponda.

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